Las sanciones por no presentar el parte de viajeros a SES.Hospedajes van de 100 € a 600.000 €, según la Ley Orgánica 4/2015. Esta es la guía honesta —sin manufacturar miedo— de las bandas reales, por qué se aplican y los pasos concretos que un operador puede dar hoy para ponerse al día.
§ 01
Bandas de sanción: leve, grave y muy grave
El artículo 9 del Real Decreto 933/2021 remite el régimen sancionador a la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana. Las bandas son tres y cada incumplimiento puede sancionarse de forma independiente. Infracción leve: de 100 € a 600 €, por ejemplo enviar fuera del plazo de 24 h o con campos parciales. Infracción grave: de 601 € a 30.000 €, por ejemplo no transmitir o no llevar el registro. Infracción muy grave: de 30.001 € hasta 600.000 €, reservada a casos reiterados, de obstrucción o que afecten a la seguridad pública. Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y la Subdelegación del Gobierno pueden iniciar el expediente; la resolución y gradación de la multa corresponde a la autoridad administrativa competente según la banda —Subdelegación o Delegación del Gobierno para las leves, y órganos superiores del Ministerio del Interior para graves y muy graves—.
§ 02
Dos comunicaciones, dos relojes de 24 h
El Real Decreto 933/2021 exige dos envíos distintos por cada estancia, cada uno con su propio plazo de 24 h. La reserva de hospedaje (RH) se envía en las 24 h siguientes a la formalización de la reserva. El parte de viajeros (PV) se envía en las 24 h siguientes al inicio de la estancia. En reservas del mismo día o sin reserva previa, ambos plazos coinciden. Cada uno puede ser sancionable por separado: una operación con dos relojes mal gestionados puede acumular dos infracciones por estancia. Los registros se conservan tres años desde el fin del servicio. Si aún no tienes claro qué pide la norma, la guía del Real Decreto 933/2021 lo explica con más detalle.
§ 03
Si aún no estás enviando: tres pasos esta semana
Primero, comprueba qué necesitas: tienes que estar dado de alta en sede.mir.gob.es con un certificado FNMT a nombre del titular del alojamiento (si eres autónomo, certificado de persona física; si operas como sociedad, certificado de representante de la persona jurídica). Si no lo tienes, solicita la cita en la sede de la FNMT y descarga el certificado: dos o tres días en el mejor caso. Segundo, abre el portal SES.Hospedajes y revisa qué reservas presentes ya están dentro del rango sancionable: las estancias en curso o cerradas en los últimos días son las primeras a regularizar. Tercero, envía manualmente las que puedas hoy y mañana, y deja la operativa ordinaria automatizada para que no vuelva a ocurrir. Ninguno de los tres pasos exige un proveedor; es trabajo del operador. Si optas por una herramienta, el paso uno sigue siendo tuyo: el certificado vive a tu nombre.
§ 04
Cómo Estadia encaja en este flujo
Estadia conecta tus canales de reserva por iCal, envía el formulario de pre-check-in al huésped principal y te permite mandar cada comunicación a SES.Hospedajes con un solo clic, firmada con tus credenciales. La pantalla Hoy saca cada envío en su momento y avisa antes de que venza cualquiera de los dos plazos. Cada envío queda registrado con su referencia SES y fecha y hora, generando el registro de auditoría que podrías necesitar si la Subdelegación del Gobierno te pide pruebas de los últimos meses. La puesta en marcha es una llamada de 30 minutos y dos semanas de uso antes de la primera factura. Puedes ver cómo funciona el envío a SES.Hospedajes paso a paso en la página de producto.
Preguntas frecuentes
Multas SES.Hospedajes: lo más preguntado
¿Cuál es la multa máxima por no enviar el parte de viajeros?
Hasta 600.000 € para infracciones muy graves de la Ley Orgánica 4/2015, normalmente reservadas a casos reiterados o de obstrucción. En la práctica diaria, la mayoría de operadores se exponen a infracciones leves (100 € a 600 €) o graves (601 € a 30.000 €).
¿Tengo que enviar el parte si reservan por Airbnb o Booking?
Sí. La obligación de presentar el parte de viajeros es del operador del alojamiento físico, no de la plataforma intermediaria. Que Airbnb o Booking guarden datos de la reserva no exime al operador de enviar la reserva de hospedaje (RH) ni el parte de viajeros (PV) a SES.Hospedajes.
¿Qué pasa si presento fuera del plazo de 24 h?
En su gradación más habitual, presentar tarde se considera una infracción leve (100 € a 600 €) bajo el régimen de la Ley Orgánica 4/2015 al que remite el Real Decreto 933/2021. El expediente sancionador puede iniciarse igualmente; la cuantía depende de la gradación —reiteración o falta de colaboración pueden elevar la calificación—.
¿Tienen los autónomos las mismas multas que las empresas?
Sí. La Ley Orgánica 4/2015 se aplica al sujeto responsable de la actividad de hospedaje, sea persona física o jurídica. Las bandas son las mismas; lo que varía es la gradación según las circunstancias (capacidad económica, reiteración, intencionalidad).
¿Y si SES.Hospedajes rechaza un envío?
El rechazo del sistema no suspende el contador de 24 h: el operador sigue siendo responsable del plazo. La mayoría de rechazos son problemas de calidad del dato (DNI con dígito de control mal calculado, formato de fecha incorrecto, campo obligatorio en blanco), no de la norma. La corrección y el reenvío deben completarse dentro de la misma ventana.